1. LOS IMPUESTOS SON NECESARIOS PARA: ( ESCOJE DE DOS A TRES RESPUESTAS CORRECTAS)
a. la realización de actividades por el estado
b. Apoyo social, justicia y obras de infraestructura
c. Pensión y seguridad social.
d. Todas las anteriores.
2. PARA FORMALIZAR UNA EMPRESA SE DEBE TENER EN CUENTA LOS SIGUIENTES TIPOS:
a. comercial, de funcionamiento, tributaria y seguridad laboral
b. Integral, comunal y ambiental
c. constitucional, solida y regional
3. SE ENCUENTRAN EN CAPACIDAD PARA LEGALIZAR UNA EMPRESA LOS SIGUIENTES:
a. personas naturales
b. sociedad comercial
c. sociedades civiles
d. todas las anteriores
e. ninguna de las anteriores
4. LA SOCIEDAD COMERCIAL LEGALIZA UNA EMPRESA, DENOMINÁNDOLA ASÍ:
a. Unipersonal
b. Individual
c. De hecho y Anónima
d. Ninguna de las anteriores
5. LAS COOPERATIVAS SE CENTRAN EN CIERTAS UTILIDADES, SEGÚN SU OBJETIVO. INDIQUE CUÁLES SON SUS DERIVADOS
a. cooperativas Administradoras
b. Cooperativas especializadas
c. Cooperativas comunista
d. cooperativa adaptativa
e. Ninguna de las anteriores
6. LAS SOLICITUDES DE PATENTES SON LAS SIGUIENTES:
a. patente de invención
b. Identidad municipal
c. Acuerdo de inversión
d. Todas las anteriores
7. LOS MODELOS DE UTILIDAD TIENEN EL SIGUIENTE PLAZO DE DURACIÓN:
a. 30 años antes de presentarlo
b. 10 años desde la fecha de presentación
c. 1 año despues de la utilidad
d. Ninguna de las anteriores
8. LAS MARCAS DE LOS PRODUCTOS PODEMOS DINTINGUIRLAS DE OTRAS POR MEDIO DE:
a. palabras o combinación de palabras
b. imagenes de otra marca con añadiduras
c. Utilizando imagenes ocultando la legitimidad
d. Todas las anteriores
9. PARA MANTENER LA ESTABILIDAD DE UNA MARCA ES NECESARIO RENOVARLA EN UN PERIODO DE:
a. 9 años contados desde su creación
b. 2 meses antes de una demostración
c. 10 años despues de la perdida de vigencia
d. 10 años antes de la segunda demostración.
10. LOS COMERCIANTES PRESENTAN UNA SERIE DE DEBERES QUE DEBEN CUMPLIR, DEBIDO A SUS CARGOS ( ESCOJE DOS DE LAS RESPUESTAS):
a. Comenzar su negocio sin inscripciones
b. desechar la correspondencia
c. Matricularse en el registro mercantil
d. llevar contabilidad
e. todas las anteriores
miércoles, 17 de noviembre de 2010
CUESTIONARIO DE ADMINISTRACIÓN
1. QUE BUSCA LA ADMINISTRACIÓN:
a. planear, organizar, dirigir
b. prever, coordinar
c. integrar y controlar cualquier organismo social en busca de sus objetivos
d. todas las anteriores
2. QUE ES ADMINISTRAR:
a. Una ciencia
b. Es la acción de dirigir un grupo social tratando de obtener de ellos la mayor productividad
c. Gobernar grupos sociales
d. Ninguna de las anteriores
3. CUALES FACTORES INFLUYEN EN LA ADMINISTRACION?
a. Economia, ahorro, cambio
b. Tecnológico, social y grupal
c. Económico, tecnológico, social, ecológico y ético
d. Todas las anteriores
4. LA ADMINISTRACION ES CONSIDERADA COMO:
a. Ciencia, arte y técnica
b. Acción
c. Gobernar grupos
d. Eje
5. CUANTAS HABILIDADES ADMINISTRATIVAS HAY?
a. Ocho
b. Cinco
c. Cuatro
d. Seis
6. A QUE HABILIDAD PERTENECE EL COOPERATIVISMO, TRABAJO EN EQUIPO:
a. Habilidad de diseño
b. Habilidad conceptual
c. Habilidad humana
d. Habilidad técnica
7. A QUE PERTENECE EL GRUPO DE EMPLEADOS QUE REALIZAN UN TRABAJO SIMILAR EN UNA AREA DE TRABAJO COMÚN:
a. Círculos de calidad
b. Área de trabajo
c. Productividad
8. PARA QUE SON LOS CIRCULOS DE CALIDAD:
a. Identificar, seleccionar
b. Analizar problemas y posibilidades de mejora
c. Recomendar soluciones
d. Todas las anteriores
9. SEGÚN EL CRITERIO DE LA TECNOLOGIA, LAS EMPRESAS PUEDEN SER:
a. Publicas o estatales
b. Microempresas
c. Manufactureras, intermedias y de tecnología avanzada
d. Todas las anteriores
10. COMO SE LE LLAMA A LA PERSONA ENCARGADA DE DIRIGIR A UN GRUPO SOCIAL Y QUE TRATA DE CUMPLIR UN OBJETIVO:
a. Socio
b. Administrador
c. Persona natural
d. Gerente
a. planear, organizar, dirigir
b. prever, coordinar
c. integrar y controlar cualquier organismo social en busca de sus objetivos
d. todas las anteriores
2. QUE ES ADMINISTRAR:
a. Una ciencia
b. Es la acción de dirigir un grupo social tratando de obtener de ellos la mayor productividad
c. Gobernar grupos sociales
d. Ninguna de las anteriores
3. CUALES FACTORES INFLUYEN EN LA ADMINISTRACION?
a. Economia, ahorro, cambio
b. Tecnológico, social y grupal
c. Económico, tecnológico, social, ecológico y ético
d. Todas las anteriores
4. LA ADMINISTRACION ES CONSIDERADA COMO:
a. Ciencia, arte y técnica
b. Acción
c. Gobernar grupos
d. Eje
5. CUANTAS HABILIDADES ADMINISTRATIVAS HAY?
a. Ocho
b. Cinco
c. Cuatro
d. Seis
6. A QUE HABILIDAD PERTENECE EL COOPERATIVISMO, TRABAJO EN EQUIPO:
a. Habilidad de diseño
b. Habilidad conceptual
c. Habilidad humana
d. Habilidad técnica
7. A QUE PERTENECE EL GRUPO DE EMPLEADOS QUE REALIZAN UN TRABAJO SIMILAR EN UNA AREA DE TRABAJO COMÚN:
a. Círculos de calidad
b. Área de trabajo
c. Productividad
8. PARA QUE SON LOS CIRCULOS DE CALIDAD:
a. Identificar, seleccionar
b. Analizar problemas y posibilidades de mejora
c. Recomendar soluciones
d. Todas las anteriores
9. SEGÚN EL CRITERIO DE LA TECNOLOGIA, LAS EMPRESAS PUEDEN SER:
a. Publicas o estatales
b. Microempresas
c. Manufactureras, intermedias y de tecnología avanzada
d. Todas las anteriores
10. COMO SE LE LLAMA A LA PERSONA ENCARGADA DE DIRIGIR A UN GRUPO SOCIAL Y QUE TRATA DE CUMPLIR UN OBJETIVO:
a. Socio
b. Administrador
c. Persona natural
d. Gerente
CUESTIONARIO NOMINA
1.El concepto de aportes a la seguridad social consiste en:
a.Pensiones y salud
b.Pensiones y nomina
c.Salud y nomina
d.Pensiones,salud y nomina
2.El monto de las cotizaciones a cargo de los empleadores;no podrá ser inferior a:
a.0.248%
b.0.448%
c.0.348%
d.5.312%
3.El monto de las cotizaciones a cargo de los empleadores, no podrá ser superior a:
a.5.2%
b.8.7%
c.3.3%
d.9.5%
4.Todo empleador debe efectuar mensualmente los aportes destinados a entidades como:
a.Cajas de compensación familiar
b.El SENA
c.ICBF
d.Todas las anteriores
5.A que no tienen derecho los empleados de servicio domestico:
a.A la prima de servicios
b.A la pensión
c.Auxilio de transporte
d.Ninguna de las anteriores
6.Apartir de cuando el auxilio de cesantías para los trabajadores del sector privado esta sometido a 2 sistemas diferentes y excluyentes:
a.Apartir del 1 de enero de 1991
b.Apartir del 2 de mayo del 2000
c.Apartir del 5 de febrero de 1991
d.Apartir del 3 de octubre del 2002
7.Cuales son los 2 sistemas diferentes y excluyentes:
a.Sistema antiguo y nuevo
b.Sistema futuro y actual
c.Sistema tradicional y nuevo
d.Sistema contemporáneo y actual
8.En el sistema tradicional la cesantia debe liquidarse:
a.Con caracter definitivo
b.Con caracter parcial
c.Con caracter parcial pero con anticipo
d.Todas las anteriores
9.Segun las fechas del código laboral en su articulo 230 las establece:
a.30 de abril
b.31 de agosto
c.20 de diciembre
d.Todas las anteriores
10.Por que es legal exigir la evolución de la dotación al finalizar el contrato:
a.Por el costo
b.Por la dotación es de la empresa
c.Por petición de la empresa
d.Todas las anteriores
a.Pensiones y salud
b.Pensiones y nomina
c.Salud y nomina
d.Pensiones,salud y nomina
2.El monto de las cotizaciones a cargo de los empleadores;no podrá ser inferior a:
a.0.248%
b.0.448%
c.0.348%
d.5.312%
3.El monto de las cotizaciones a cargo de los empleadores, no podrá ser superior a:
a.5.2%
b.8.7%
c.3.3%
d.9.5%
4.Todo empleador debe efectuar mensualmente los aportes destinados a entidades como:
a.Cajas de compensación familiar
b.El SENA
c.ICBF
d.Todas las anteriores
5.A que no tienen derecho los empleados de servicio domestico:
a.A la prima de servicios
b.A la pensión
c.Auxilio de transporte
d.Ninguna de las anteriores
6.Apartir de cuando el auxilio de cesantías para los trabajadores del sector privado esta sometido a 2 sistemas diferentes y excluyentes:
a.Apartir del 1 de enero de 1991
b.Apartir del 2 de mayo del 2000
c.Apartir del 5 de febrero de 1991
d.Apartir del 3 de octubre del 2002
7.Cuales son los 2 sistemas diferentes y excluyentes:
a.Sistema antiguo y nuevo
b.Sistema futuro y actual
c.Sistema tradicional y nuevo
d.Sistema contemporáneo y actual
8.En el sistema tradicional la cesantia debe liquidarse:
a.Con caracter definitivo
b.Con caracter parcial
c.Con caracter parcial pero con anticipo
d.Todas las anteriores
9.Segun las fechas del código laboral en su articulo 230 las establece:
a.30 de abril
b.31 de agosto
c.20 de diciembre
d.Todas las anteriores
10.Por que es legal exigir la evolución de la dotación al finalizar el contrato:
a.Por el costo
b.Por la dotación es de la empresa
c.Por petición de la empresa
d.Todas las anteriores
Presentacion iva 2010
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martes, 9 de noviembre de 2010
Administración básica
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Legalizacion y organizacion
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PASOS PARA CREAR UNA EMPRESA
VERIFIQUE EL NOMBRE O RAZÓN SOCIAL.
•En el puesto de información de cualquiera de las Sedes de la Cámara de Comercio, puede solicitar un volante para la consulta de nombres.
•Diligencie el formulario con los nombres que desea consultar y la actividad a la que se va a dedicar.
•Cancele el valor de la consulta la cual cuesta $1.500.
•Presente el formulario diligenciado en las ventanillas de Cámara de Comercio y el empleado le indicará cuando reclamarlo, con el fin de saber si puede usar dicho nombre o no debido a que ya existe o hay alguno similar.
Una vez aprobado el nombre pase a hacer lo siguiente:
ELABORE LA MINUTA CON EL SIGUIENTE CONTENIDO BÁSICO:
•Los datos de los socios constituyentes: nombres completos, cédulas, nacionalidad, estado civil y domicilio.
•La clase o tipo de sociedad que se constituye y el nombre de la misma.
•El domicilio de la sociedad y de las sucursales que se establezcan.
•El negocio de la sociedad (objeto social), enunciando en forma clara y completa las actividades principales.
•El capital social pagado por cada socio. Si es una sociedad por acciones se deberá expresar el capital suscrito y pagado, la forma como se cancelarán las cuotas y el valor nominal de las acciones representativas del capital. (ver paso uno).
•Se debe expresar como se administrará la sociedad, las facultades de los administradores, las asambleas y juntas de los socios, según lo establecido legalmente para cada tipo de sociedad (para mayor información vea el código de comercio).
•Los días y la forma de convocar y constituir la asamblea o junta de socios ya sea de manera ordinaria o extraordinaria, y la forma como se decidirá en un determinado asunto.
•Las fechas en que se deben hacer los balances generales y como se distribuirán las utilidades, así como también la reserva legal.
•La duración de la empresa y sus causales para disolverla, y la forma de liquidarla.
•Establecer el representante legal de la sociedad con su domicilio, sus facultades y obligaciones.
Modelo de minuta de una sociedad limitada:
En la ciudad de Medellín, departamento de Antioquia, República de Colombia, a primero de julio de mil novecientos noventa y ocho, el señor Juan Martínez Robledo y Oscar Rueda Osorio, mayores de edad, con domicilio en Medellín, identificados con las cédulas de ciudadanía números ........................................, obrando en nombre propio, manifestaron que constituirán una sociedad de responsabilidad limitada la cual se regirá por las normas establecidas en el código de comercio y en especial por los siguientes estatutos:
Artículo 1: Nombre o razón social: la sociedad se denominará "XY Limitada".
Artículo 2: Domicilio: el domicilio principal será en la ciudad de Medellín, Departamento de Antioquia, República de Colombia, sin embargo la sociedad puede establecer sucursales, en otras ciudades del país como en el exterior.
Artículo 3: Objeto social: la compañía tiene por objeto social: diseño, producción y comercialización de productos y servicios de publicidad gráfica y compra y venta de materias primas. En el desarrollo y cumplimiento de tal objeto puede hacer en su propio nombre o por cuenta de terceros o con participación de ellos, toda clase de operaciones comercial, sobre bienes muebles o inmuebles y construir cualquier clase de gravamen, celebrar contratos con personas naturales o jurídicas, efectuar operaciones de préstamos, cambio, descuento, cuentas corrientes, dar o recibir garantías y endosar, adquirir y negociar títulos valores.
Artículo 4: Duración de la sociedad: se fija en 10 años, contados desde la fecha de otorgamiento de la escritura. La junta de socios podrá mediante reforma, prolongar dicho término o disolver extraordinariamente la sociedad, antes de que dicho término expire.
Artículo 5: el capital de la sociedad es la suma de $10.000.000.
Artículo 6: cuotas: El capital social se divide en diez cuotas o acciones de un valor nominal de un millón de pesos, capital y cuotas que se encuentran pagadas en su totalidad de la siguiente forma: El socio Juan Martínez Robledo, suscribe el ochenta por ciento en ocho cuotas de valor nominal y paga en efectivo el valor de $8.000.000. El socio Oscar Rueda Osorio suscribe el veinte por ciento y paga en efectivo el valor de $2.000.000. así los aportes han sido pagados íntegramente a la sociedad.
Artículo 7: Responsabilidades: la responsabilidad de cada uno de los socios se limita al monto de sus aportes.
Artículo 8: Aumento del capital: el capital de los socios puede ser aumentando por nuevos aportes de los socios, por la admisión de nuevos socios o por la acumulación que se hicieron de utilidades por determinación de común acuerdo de los socios.
Artículo 9: Cesión de cuotas: las cuotas correspondientes al interés social de cada uno de los socios no están representadas por títulos, ni son negociables en el mercado, pero sí pueden cederse. La cesión implicará una reforma estatutaria y la correspondiente escritura será otorgada por el representante legal, el cedente y el cesionario.
Artículo 10: Administración: la administración de la sociedad corresponde por derecho a los socios, pero estos convienen en delegarla en un gerente, con facultades para representar la sociedad. Esta delegación no impide que la administración y representación de la sociedad, así como el uso de la razón social se someta al gerente, cuando los estatutos así lo exijan, según la voluntad de los socios.
Requiere para su validez el consentimiento de todos los socios, la ejecución o ejercicio de los siguientes actos o funciones: 1. Disponer de una parte de las utilidades líquidas con destino a ensanchamiento de la empresa o de cualquier otro objeto distinto de la distribución de utilidades.
Artículo 11: Reuniones: la junta de socios se reunirá ordinariamente una vez por año, el primer día de Marzo a las 10:00 de la mañana en las oficinas del domicilio de la compañía.
Artículo 12: Votos: en todas las reuniones de la junta de socios, cada socio tendrá tantos votos como cuotas tenga en la compañía. Las decisiones se tomaran por número plural de socios que represente la mayoría absoluta de las cuotas en que se halla dividido el capital de la sociedad, salvo que de acuerdo con estos estatutos se requiera unanimidad.
Artículo 13: La sociedad tendrá un gerente y un subgerente que lo reemplazará en sus faltas absolutas o temporales. Ambos elegidos por la junta de socios para períodos de un año, pero podrán ser reelegidos indefinidamente y removidos a voluntad de los socios en cualquier tiempo. Le corresponde al gerente en forma especial la administración y representación de la sociedad, así como el uso de la razón social con las limitaciones contempladas en estos estatutos. En particular tendrá las siguientes funciones (enumere todas aquellas que considere pertinente)..............
Artículo 14: Inventarios y Balances: mensualmente se hará un Balance de prueba de la sociedad. Cada año a 31 de Diciembre se cortarán las cuentas, se hará un inventario y se formará el Balance de la junta de socios.
Artículo 15: Reserva Legal: aprobado el Balance y demás documentos, de las utilidades líquidas que resulten, se destinará un 10% de reserva legal...........
Articulo 16: La sociedad se disolverá por: 1. La expedición del plazo señalado para su duración. 2. La pérdida de un 50% del capital aportado. 3. Por acuerdo unánime de los socios. 4. Cuando el número de socios exceda de veinticinco. 5. Por demás causales señaladas en la ley.
Artículo 17: Liquidación: disuelta la sociedad se procederá a su liquidación por el gerente salvo que la junta de socios resuelva designar uno o más liquidadores con sus respectivos suplentes, cuyos nombramientos deberán registrarse en la Cámara de Comercio del domicilio de la ciudad.
De esta manera se debe detallar toda la información referente a la sociedad con da uno de los aspectos mencionados en el contenido básico.
Nota:
Los artículos de los estatutos, deben ser normas de carácter permanente y general, deben constituir reglas estables que No requieran de ajustes.
En cuanto al diseño de los estatutos puede redactarse todos los artículos que le convengan a la organización, pero teniendo presente no establecer artículos para los estatutos que se conviertan en un limitante para el desarrollo de la empresa en lo relativo a operaciones comerciales o administrativas.
IR A LA NOTARÍA:
Para nuestro ejemplo el valor que se debe pagar en la Notaría para un capital de $10.000.000, es de $115.000, allí procederán a hacerle lo siguiente:
•Le transcribirán su minuta conformando así la Escritura Pública, firmada por el notario con los sellos respectivos y adicionalmente por los socios con la cédula y sus huellas.
REALIZAR EL PAGO DEL IMPUESTO DE REGISTRO SOBRE LA ESCRITURA:
Realizar el pago del impuesto de registro sobre la escritura de constitución en la oficina de Rentas Departamentales, edificio Antioquia en la avenida Primero de Mayo con Palacé en Medellín o en los estancos oficiales.
ADQUIRIR EL FORMULARIO DE MATRÌCULA MERCANTIL:
Adquirir en la Cámara de Comercio el formulario de Matrícula Mercantil "Sociedades Comerciales", el cual tiene un costo de $2.000, posteriormente debe presentar en la ventanilla de la Cámara de Comercio lo siguiente:
•El formulario de matrícula mercantil diligenciando, junto con el volante de "consulta de nombres" aprobado.
•Dos copias autenticadas de la escritura pública de constitución de la sociedad, en la que debe aparecer el nombramiento del representante legal. En el caso de ser empresa unipersonal, el documento privado sino se constituyó por escritura pública.
•Recibo de pago del impuesto de Registro expedido por Rentas Departamentales.
•Carta de cada una de las personas nombradas, como: representantes legales, junta directiva y revisor fiscal cuando sea el caso.
•Documento de identificación del representante legal.
•Permiso de funcionamiento de la sociedad, en caso de hallarse sujeta a vigilancia estatal.
•En caso de aporte de inmuebles al capital social, acreditar el pago del impuesto de anotación y registro (boleta de rentas).
•Solicitar en la taquilla de la Cámara de Comercio el valor de la liquidación de los derechos de matrícula.
•Cancelar los derechos de matrícula. Al momento del pago le entregarán un recibo con el cual podrá reclamar el certificado de su matrícula, así como las copias de los formularios, las escrituras y las cartas de aceptación. Según nuestro ejemplo para un capital de $10.000.000 se debe cancelar $176.000.
•Obtener copia del certificado de existencia y representación legal de la sociedad.
•Luego de haber realizado la inscripción, usted podrá solicitar a la Cámara de Comercio, el certificado de existencia y representación, es un documento que le permite al comerciante o sociedad realizar algunos trámites (inscripción ante la administración de impuestos, industria y comercio, etc.) o simplemente acreditar su matrícula en el registro mercantil.
REGISTRO DE LIBROS DE COMERCIO:
Están compuestos por los libros de contabilidad, libros de actas, libros de registro de aportes, comprobantes de las cuentas, los soportes de contabilidad y la correspondencia relacionada con sus operaciones.
Una vez matriculada la sociedad o empresa, el propietario de esta o el representante legal debe presentar y solicitar el registro de los libros de comercio, con carta dirigida a la Cámara de Comercio y diligenciar el formulario de solicitud respectivo. Los libros son los siguientes:
•Libro auxiliar: se lleva para registrar detalladamente en orden cronológico las cuentas principales, totalizando débitos, créditos y saldo que pasa al final de cada período al libro diario y al libro mayor, este libro no requiere ser registrado en la Cámara de Comercio.
•Libro caja - diario: en este libro se pasan las operaciones contables en orden cronológico, en forma individual o por resúmenes que no excedan de un mes.
•Libro mayor: en este libro se pasan las operaciones por cuentas utilizando el sistema de partida doble; permitiendo establecer el resumen mensual de todas las operaciones para cada cuenta.
•Libro inventario y balance: se debe hacer un inventario y un balance general al iniciar sus actividades y por lo menos una vez cada año para conocer en forma clara y completa la situación del patrimonio.
•Libro de accionistas: en el se escriben las acciones, anotando el título, el número y la fecha de inscripción, al igual que los cambios de propietario.
•Libro de actas: los libros de actas pueden ser de dos clases: libros de actas de asamblea de socios y libro de acta de junta directiva. El primero lo deben llevar todas las sociedades, el segundo solo en las que posean junta directiva.
En los libros de actas, deben anotarse en orden cronológico las actas de las reuniones, las cuales deberán ser firmadas por el secretario y presidente de la reunión.
La primera hoja de cada libro debe presentarse rotulados (marcados) a lápiz en la parte superior con el nombre de la sociedad y la destinación que se dará a cada libro, así como numerarse consecutivamente y no tener ningún registro contable.
Los pasos a seguir en la Cámara de Comercio:
•Llevar el formato, la carta y los libros en cualquier taquilla de la Cámara de Comercio.
•Pagar los derechos de inscripción de los libros. Al momento de cancelar le entregarán el recibo de pago con el cual podrá reclamar los libros registrados, en la fecha que allí se indica. Actualmente cada libro tiene un costo de $15.000.
•Cuando le entreguen los libros, verifique que la primera página de cada libro registrado este sellado por la Cámara de Comercio y rubricadas todas las demás.
IR A LA DIAN:
Ir a la Administración de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), para que obtenga el número de identificación tributaria (NIT), el cual es necesario para identificarse en el desarrollo de las actividades comerciales. Para este número de identificación, el cual es expedido en una tarjeta, se debe realizar el trámite correspondiente en la DIAN, que se encuentre en el municipio donde se está domiciliado. Pasos a seguir:
•Con el certificado de existencia y representación que solicite en la Cámara de Comercio, diríjase a la DIAN y solicite el formulario de RUT (registro único tributario), por medio del cual se puede realizar los siguientes trámites, entre otros:
o Asignación de NIT
o Inscripción en el registro de vendedores si es responsable de IVA.
•Una vez adquirido y diligenciado el formulario, preséntese ante la DIAN, con los siguientes documentos:
o Formulario de RUT diligenciado en original y dos copias.
o Copia de la escritura pública de constitución.
o Certificado de existencia y representación, expedido por la Cámara de Comercio, con fecha no mayor a tres meses antes de su presentación.
o Fotocopia de la cédula del representante legal.
El registro de Impuestos sobre las ventas (IVA), se puede hacer en el momento de realizar la solicitud del NIT. Los responsables del régimen simplificado no tienen obligación de declarar el IVA, los responsables del régimen común deben hacerlo bimestralmente en las fechas que indique el calendario tributario, el cual puede adquirir directamente en la DIAN.
Simultáneamente con la solicitud del formulario RUT, usted puede solicitar el formulario para que la DIAN le autorice la numeración para las facturas que usará en su negocio.
AFILIACIÓN A LA ASEGURADORA DE RIESGOS PROFESIONALES (ARP):
Algunas de ellas son: el ISS, Colmena, Suratep, entre otros. Los pasos a seguir son:
Una vez elegida la ARP, el empleador debe llenar una solicitud de vinculación de la empresa al sistema general de riesgos pr5ofesionales, la cual es suministrada sin ningún costo por la ARP, dependiendo el grado y la clase de riesgo de las actividades de la empresa, ellos establecen la tarifa de riesgo la cual es un porcentaje total de la nómina y debe ser asumida por el empleador, dicho valor se debe pagar cada mes.
Adicionalmente debe vincular a cada trabajador, llenando la solicitud de vinculación del trabajador al sistema general de riesgos profesionales.
RÉGIMEN DE SEGURIDAD SOCIAL:
Usted deberá inscribir a alguna entidad promotora de salud (EPS) a todos sus trabajadores, los empleados podrán elegir libremente a que entidad desean vincularse (Coomeva, Susalud, Cafesalud, Cruz Blanca, entre otras). Una vez elegida el empleador deberá adelantar el proceso de afiliación tanto de la empresa como para el trabajador, mediante la diligenciación de los formularios, los cuales son suministrados en la EPS elegida.
El formulario de afiliación del trabajador deberá diligenciarse en original y dos copias, el original es para la EPS, una copia para el empleador y la otra para el trabajador.
El porcentaje total de aportes a salud es de un 12% del salario devengado por el trabajador. El valor resultante se divide en tres partes iguales, de las cuales el
trabajador debe pagar una y el empleador las dos restantes.
FONDO DE PENSIONES Y CESANTÍAS:
El empleador debe afiliar a todos los miembros de la empresa al fondo de pensiones, el cual el trabajador podrá elegir. Una vez elegido se llena la solicitud de vinculación, la cual se la suministra el fondo.
Ya vinculado se debe pagar mensualmente el 13.5% del salario devengado por el trabajador, dicho valor se divide en cuatro y de estas el empleador paga tres y una el trabajador.
APORTES PARAFISCALES
Son pagos a que está obligado todo empleador a cancelar sobre el valor de la nómina mensual a través de las cajas de compensación familiar para: Subsidio familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) y SENA.
Para realizar la respectiva inscripción, se debe adquirir un formulario en la Caja donde desea afiliarse (Comfama o Confenalco), donde le entregarán adjunto el formulario de afiliación al ICBF y al SENA.
Los pasos para la afiliación de la empresa son:
•Presentar solicitud escrita, suministrada por la Caja de Compensación Familiar, donde conste: domicilio, NIT, información sobre si estaba afiliado o no a alguna caja de compensación familiar. A la solicitud se le debe anexar lo siguiente:
o Fotocopia de la cédula si es persona natural
o Certificado de existencia y representación legal vigente si es persona jurídica.
o Relación de trabajadores indicando para cada uno: número de cédula, nombre completo y salario actual.
o Formulario diligenciado de afiliación a la empresa.
o Formulario de afiliación del trabajador y de las personas a cargo.
•Para afiliar al trabajador debe:
o Presentar el formulario de inscripción del trabajador debidamente diligenciado.
o Adjuntar los documentos necesarios para inscribir las personas que tengan a cargo trabajadores.
•Una vez esté en la Caja de Compensación Familiar elegida, debe pagar durante los primeros diez días del mes, el valor correspondiente al 9% del total devengado en la nómina mensual, los cuales deberán ser asumidos por el empleador. La distribución del 9% es la siguiente:
o 2% para el SENA.
o 3% para el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar.
o 4% para la Caja de Compensación Familiar
AJUSTES CONTABLES
Todo lo que suceda en el negocio debe registrarse en el sistema contable, para que el diario y el mayor contengan un historial completo de todas las operaciones mercantiles del periodo. Si no se ha registrado una operación o transacción, los saldos de las cuentas no mostrarán la cifra correcta al final de periodo contable.
Los asientos con que se ajustan o actualizan las cuentas se llaman asientos de ajuste. Cada asiento de ajuste afecta una cuenta de balance general y del estado de resultados. Si el ajuste no afecta a una cuenta de ingresos o de gastos, no es un asiento de ajuste.
Ajustes de Gastos
Todos los asientos de ajuste relacionados con gastos acumulados pendientes de pago y gastos que al pagarse fueron registrados como activo, requieren un cargo a una cuenta de gasto y un abono a una cuenta de activo o pasivo.
A continuación se muestran tres tipos de ajustes de gasto:
Gastos devengados: muchos negocios incurren en ciertos gastos del periodo antes de efectuar el pago correspondiente, estos gastos que se van acumulando se llaman gastos devengados o incurridos.
Gastos pagados por anticipado: son gastos que se registraron como un activo o como un gasto cuando se pagaron. Un gasto pagado por anticipado es un activo y se produce cuando se pagan gastos que abarcan uno o más periodos contables futuros. Cuando el pago se hace antes de que se haya incurrido en el gasto o antes de que se haya vencido por lo general se hace el cargo a la cuenta de un activo, debido a que representa un costo no vencido y que se empleará en periodos futuros, para producir ingresos. Sin embargo se puede utilizar una cuenta del estado de resultados para registrar el gasto cuando se paga. Cuando se usa una cuenta del estado de resultados para anotar el asiento inicial, es necesario ajustar una cuenta de gastos para bonificar cualquier parte no utilizada o vencida, y pasar el importe a una cuenta del balance general.
Distribución del costo de un activo fijo a lo largo de su vida útil, mediante el proceso de depreciación. Al proceso de cancelar o disminuir el costo de un activo fijo, con la excepción de terrenos, a lo largo de su vida útil estimada se le conoce como depreciar el activo o simplemente como depreciación. Cuando se distribuye el costo del activo fijo a lo largo de su vida útil estimada, se carga a la cuenta de depreciación y se acredita a la cuenta de depreciación acumulada.
Interés Acumulado
El interés que se carga en préstamos a corto plazo (30,60 o 90 días) es el gasto o costo de pedir dinero prestado. El interés se va acumulando según pasa el tiempo. Pero el pago de la cantidad tomada mas el interés, no se efectuará hasta la fecha de vencimiento del préstamo.
Ajustes de Ingresos
Todos los ajustes de ingresos acumulados pendientes de cobro y de ingresos que al momento del pago se registraron como pasivos, ya que no habían sido devengados, requieren un cargo a una cuenta de activo o pasivo y un abono a una cuenta de ingresos, esto se debe hacer en el ultimo día del periodo contable.
Existen dos tipos de ajustes de ingresos:
Ingresos acumulados pero no registrados ni cobrados.
Anticipos de clientes que se registran como pasivo y que cuando se devenguen se convertirán en ingresos.
Los ingresos pueden ser devengados (ganados) antes de que se reciba efectivo del cliente, o de que se contabilice la operación en los registros contables. Estos ingresos que se han devengado pero que aun no se han recibido o registrado se llaman ingresos devengados.
Cuando un cliente paga por adelantado servicios prestados, se carga a la cuanta de efectivo y por lo general, se acredita una cuenta de pasivo llamada anticipos de clientes, debido a que no se ha realizado el servicio y el ingreso aun no se ha ganado.
Normalmente, todos los anticipos cobrados a clientes se registran en una cuenta de pasivo al momento en que se recibe el pago.
Cuando se usa una cuenta de resultados para registrar el asiento inicial, será necesario el ajuste a una cuenta de ingresos para cancelar cualquier ingreso no devengado y traspasar el importe a una cuenta de pasivo.
Balanza de comprobación ajustada
Después de anotar en el diario los asientos de ajuste y pasarlos al mayor, se prepara una balanza de comprobación ajustada para verificar la exactitud del mayor, antes de preparar y actualizar los estados financieros de fin de año.
Ajustes por Inflación
El actualizar los estados financieros surge de la necesidad de conocer el valor real que tienen las partidas no monetarias de una empresa y conocer hasta que punto se han visto afectadas por la inflación. Las partidas no monetarias son aquellas cuyo valor varía con el transcurso del tiempo.
Los ajustes que más se realizan en las empresas son en las siguientes partidas:
Inventarios
Activos Fijos
Depreciación de activos fijos
Capital contable
Para ajustar los activos fijos por inflación, al igual que en los inventarios, se requiere del factor de ajuste. Una vez obtenido el factor, se le aplica al valor histórico. El ajuste se hará cargando a la cuenta del activo fijo y acreditando a la cuenta de exceso o insuficiencia de capital.
La depreciación acumulada es la contrapartida del activo fijo por lo tanto debe mostrar un saldo que este valuado con pesos del mismo poder adquisitivo que el activo fijo.
•En el puesto de información de cualquiera de las Sedes de la Cámara de Comercio, puede solicitar un volante para la consulta de nombres.
•Diligencie el formulario con los nombres que desea consultar y la actividad a la que se va a dedicar.
•Cancele el valor de la consulta la cual cuesta $1.500.
•Presente el formulario diligenciado en las ventanillas de Cámara de Comercio y el empleado le indicará cuando reclamarlo, con el fin de saber si puede usar dicho nombre o no debido a que ya existe o hay alguno similar.
Una vez aprobado el nombre pase a hacer lo siguiente:
ELABORE LA MINUTA CON EL SIGUIENTE CONTENIDO BÁSICO:
•Los datos de los socios constituyentes: nombres completos, cédulas, nacionalidad, estado civil y domicilio.
•La clase o tipo de sociedad que se constituye y el nombre de la misma.
•El domicilio de la sociedad y de las sucursales que se establezcan.
•El negocio de la sociedad (objeto social), enunciando en forma clara y completa las actividades principales.
•El capital social pagado por cada socio. Si es una sociedad por acciones se deberá expresar el capital suscrito y pagado, la forma como se cancelarán las cuotas y el valor nominal de las acciones representativas del capital. (ver paso uno).
•Se debe expresar como se administrará la sociedad, las facultades de los administradores, las asambleas y juntas de los socios, según lo establecido legalmente para cada tipo de sociedad (para mayor información vea el código de comercio).
•Los días y la forma de convocar y constituir la asamblea o junta de socios ya sea de manera ordinaria o extraordinaria, y la forma como se decidirá en un determinado asunto.
•Las fechas en que se deben hacer los balances generales y como se distribuirán las utilidades, así como también la reserva legal.
•La duración de la empresa y sus causales para disolverla, y la forma de liquidarla.
•Establecer el representante legal de la sociedad con su domicilio, sus facultades y obligaciones.
Modelo de minuta de una sociedad limitada:
En la ciudad de Medellín, departamento de Antioquia, República de Colombia, a primero de julio de mil novecientos noventa y ocho, el señor Juan Martínez Robledo y Oscar Rueda Osorio, mayores de edad, con domicilio en Medellín, identificados con las cédulas de ciudadanía números ........................................, obrando en nombre propio, manifestaron que constituirán una sociedad de responsabilidad limitada la cual se regirá por las normas establecidas en el código de comercio y en especial por los siguientes estatutos:
Artículo 1: Nombre o razón social: la sociedad se denominará "XY Limitada".
Artículo 2: Domicilio: el domicilio principal será en la ciudad de Medellín, Departamento de Antioquia, República de Colombia, sin embargo la sociedad puede establecer sucursales, en otras ciudades del país como en el exterior.
Artículo 3: Objeto social: la compañía tiene por objeto social: diseño, producción y comercialización de productos y servicios de publicidad gráfica y compra y venta de materias primas. En el desarrollo y cumplimiento de tal objeto puede hacer en su propio nombre o por cuenta de terceros o con participación de ellos, toda clase de operaciones comercial, sobre bienes muebles o inmuebles y construir cualquier clase de gravamen, celebrar contratos con personas naturales o jurídicas, efectuar operaciones de préstamos, cambio, descuento, cuentas corrientes, dar o recibir garantías y endosar, adquirir y negociar títulos valores.
Artículo 4: Duración de la sociedad: se fija en 10 años, contados desde la fecha de otorgamiento de la escritura. La junta de socios podrá mediante reforma, prolongar dicho término o disolver extraordinariamente la sociedad, antes de que dicho término expire.
Artículo 5: el capital de la sociedad es la suma de $10.000.000.
Artículo 6: cuotas: El capital social se divide en diez cuotas o acciones de un valor nominal de un millón de pesos, capital y cuotas que se encuentran pagadas en su totalidad de la siguiente forma: El socio Juan Martínez Robledo, suscribe el ochenta por ciento en ocho cuotas de valor nominal y paga en efectivo el valor de $8.000.000. El socio Oscar Rueda Osorio suscribe el veinte por ciento y paga en efectivo el valor de $2.000.000. así los aportes han sido pagados íntegramente a la sociedad.
Artículo 7: Responsabilidades: la responsabilidad de cada uno de los socios se limita al monto de sus aportes.
Artículo 8: Aumento del capital: el capital de los socios puede ser aumentando por nuevos aportes de los socios, por la admisión de nuevos socios o por la acumulación que se hicieron de utilidades por determinación de común acuerdo de los socios.
Artículo 9: Cesión de cuotas: las cuotas correspondientes al interés social de cada uno de los socios no están representadas por títulos, ni son negociables en el mercado, pero sí pueden cederse. La cesión implicará una reforma estatutaria y la correspondiente escritura será otorgada por el representante legal, el cedente y el cesionario.
Artículo 10: Administración: la administración de la sociedad corresponde por derecho a los socios, pero estos convienen en delegarla en un gerente, con facultades para representar la sociedad. Esta delegación no impide que la administración y representación de la sociedad, así como el uso de la razón social se someta al gerente, cuando los estatutos así lo exijan, según la voluntad de los socios.
Requiere para su validez el consentimiento de todos los socios, la ejecución o ejercicio de los siguientes actos o funciones: 1. Disponer de una parte de las utilidades líquidas con destino a ensanchamiento de la empresa o de cualquier otro objeto distinto de la distribución de utilidades.
Artículo 11: Reuniones: la junta de socios se reunirá ordinariamente una vez por año, el primer día de Marzo a las 10:00 de la mañana en las oficinas del domicilio de la compañía.
Artículo 12: Votos: en todas las reuniones de la junta de socios, cada socio tendrá tantos votos como cuotas tenga en la compañía. Las decisiones se tomaran por número plural de socios que represente la mayoría absoluta de las cuotas en que se halla dividido el capital de la sociedad, salvo que de acuerdo con estos estatutos se requiera unanimidad.
Artículo 13: La sociedad tendrá un gerente y un subgerente que lo reemplazará en sus faltas absolutas o temporales. Ambos elegidos por la junta de socios para períodos de un año, pero podrán ser reelegidos indefinidamente y removidos a voluntad de los socios en cualquier tiempo. Le corresponde al gerente en forma especial la administración y representación de la sociedad, así como el uso de la razón social con las limitaciones contempladas en estos estatutos. En particular tendrá las siguientes funciones (enumere todas aquellas que considere pertinente)..............
Artículo 14: Inventarios y Balances: mensualmente se hará un Balance de prueba de la sociedad. Cada año a 31 de Diciembre se cortarán las cuentas, se hará un inventario y se formará el Balance de la junta de socios.
Artículo 15: Reserva Legal: aprobado el Balance y demás documentos, de las utilidades líquidas que resulten, se destinará un 10% de reserva legal...........
Articulo 16: La sociedad se disolverá por: 1. La expedición del plazo señalado para su duración. 2. La pérdida de un 50% del capital aportado. 3. Por acuerdo unánime de los socios. 4. Cuando el número de socios exceda de veinticinco. 5. Por demás causales señaladas en la ley.
Artículo 17: Liquidación: disuelta la sociedad se procederá a su liquidación por el gerente salvo que la junta de socios resuelva designar uno o más liquidadores con sus respectivos suplentes, cuyos nombramientos deberán registrarse en la Cámara de Comercio del domicilio de la ciudad.
De esta manera se debe detallar toda la información referente a la sociedad con da uno de los aspectos mencionados en el contenido básico.
Nota:
Los artículos de los estatutos, deben ser normas de carácter permanente y general, deben constituir reglas estables que No requieran de ajustes.
En cuanto al diseño de los estatutos puede redactarse todos los artículos que le convengan a la organización, pero teniendo presente no establecer artículos para los estatutos que se conviertan en un limitante para el desarrollo de la empresa en lo relativo a operaciones comerciales o administrativas.
IR A LA NOTARÍA:
Para nuestro ejemplo el valor que se debe pagar en la Notaría para un capital de $10.000.000, es de $115.000, allí procederán a hacerle lo siguiente:
•Le transcribirán su minuta conformando así la Escritura Pública, firmada por el notario con los sellos respectivos y adicionalmente por los socios con la cédula y sus huellas.
REALIZAR EL PAGO DEL IMPUESTO DE REGISTRO SOBRE LA ESCRITURA:
Realizar el pago del impuesto de registro sobre la escritura de constitución en la oficina de Rentas Departamentales, edificio Antioquia en la avenida Primero de Mayo con Palacé en Medellín o en los estancos oficiales.
ADQUIRIR EL FORMULARIO DE MATRÌCULA MERCANTIL:
Adquirir en la Cámara de Comercio el formulario de Matrícula Mercantil "Sociedades Comerciales", el cual tiene un costo de $2.000, posteriormente debe presentar en la ventanilla de la Cámara de Comercio lo siguiente:
•El formulario de matrícula mercantil diligenciando, junto con el volante de "consulta de nombres" aprobado.
•Dos copias autenticadas de la escritura pública de constitución de la sociedad, en la que debe aparecer el nombramiento del representante legal. En el caso de ser empresa unipersonal, el documento privado sino se constituyó por escritura pública.
•Recibo de pago del impuesto de Registro expedido por Rentas Departamentales.
•Carta de cada una de las personas nombradas, como: representantes legales, junta directiva y revisor fiscal cuando sea el caso.
•Documento de identificación del representante legal.
•Permiso de funcionamiento de la sociedad, en caso de hallarse sujeta a vigilancia estatal.
•En caso de aporte de inmuebles al capital social, acreditar el pago del impuesto de anotación y registro (boleta de rentas).
•Solicitar en la taquilla de la Cámara de Comercio el valor de la liquidación de los derechos de matrícula.
•Cancelar los derechos de matrícula. Al momento del pago le entregarán un recibo con el cual podrá reclamar el certificado de su matrícula, así como las copias de los formularios, las escrituras y las cartas de aceptación. Según nuestro ejemplo para un capital de $10.000.000 se debe cancelar $176.000.
•Obtener copia del certificado de existencia y representación legal de la sociedad.
•Luego de haber realizado la inscripción, usted podrá solicitar a la Cámara de Comercio, el certificado de existencia y representación, es un documento que le permite al comerciante o sociedad realizar algunos trámites (inscripción ante la administración de impuestos, industria y comercio, etc.) o simplemente acreditar su matrícula en el registro mercantil.
REGISTRO DE LIBROS DE COMERCIO:
Están compuestos por los libros de contabilidad, libros de actas, libros de registro de aportes, comprobantes de las cuentas, los soportes de contabilidad y la correspondencia relacionada con sus operaciones.
Una vez matriculada la sociedad o empresa, el propietario de esta o el representante legal debe presentar y solicitar el registro de los libros de comercio, con carta dirigida a la Cámara de Comercio y diligenciar el formulario de solicitud respectivo. Los libros son los siguientes:
•Libro auxiliar: se lleva para registrar detalladamente en orden cronológico las cuentas principales, totalizando débitos, créditos y saldo que pasa al final de cada período al libro diario y al libro mayor, este libro no requiere ser registrado en la Cámara de Comercio.
•Libro caja - diario: en este libro se pasan las operaciones contables en orden cronológico, en forma individual o por resúmenes que no excedan de un mes.
•Libro mayor: en este libro se pasan las operaciones por cuentas utilizando el sistema de partida doble; permitiendo establecer el resumen mensual de todas las operaciones para cada cuenta.
•Libro inventario y balance: se debe hacer un inventario y un balance general al iniciar sus actividades y por lo menos una vez cada año para conocer en forma clara y completa la situación del patrimonio.
•Libro de accionistas: en el se escriben las acciones, anotando el título, el número y la fecha de inscripción, al igual que los cambios de propietario.
•Libro de actas: los libros de actas pueden ser de dos clases: libros de actas de asamblea de socios y libro de acta de junta directiva. El primero lo deben llevar todas las sociedades, el segundo solo en las que posean junta directiva.
En los libros de actas, deben anotarse en orden cronológico las actas de las reuniones, las cuales deberán ser firmadas por el secretario y presidente de la reunión.
La primera hoja de cada libro debe presentarse rotulados (marcados) a lápiz en la parte superior con el nombre de la sociedad y la destinación que se dará a cada libro, así como numerarse consecutivamente y no tener ningún registro contable.
Los pasos a seguir en la Cámara de Comercio:
•Llevar el formato, la carta y los libros en cualquier taquilla de la Cámara de Comercio.
•Pagar los derechos de inscripción de los libros. Al momento de cancelar le entregarán el recibo de pago con el cual podrá reclamar los libros registrados, en la fecha que allí se indica. Actualmente cada libro tiene un costo de $15.000.
•Cuando le entreguen los libros, verifique que la primera página de cada libro registrado este sellado por la Cámara de Comercio y rubricadas todas las demás.
IR A LA DIAN:
Ir a la Administración de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), para que obtenga el número de identificación tributaria (NIT), el cual es necesario para identificarse en el desarrollo de las actividades comerciales. Para este número de identificación, el cual es expedido en una tarjeta, se debe realizar el trámite correspondiente en la DIAN, que se encuentre en el municipio donde se está domiciliado. Pasos a seguir:
•Con el certificado de existencia y representación que solicite en la Cámara de Comercio, diríjase a la DIAN y solicite el formulario de RUT (registro único tributario), por medio del cual se puede realizar los siguientes trámites, entre otros:
o Asignación de NIT
o Inscripción en el registro de vendedores si es responsable de IVA.
•Una vez adquirido y diligenciado el formulario, preséntese ante la DIAN, con los siguientes documentos:
o Formulario de RUT diligenciado en original y dos copias.
o Copia de la escritura pública de constitución.
o Certificado de existencia y representación, expedido por la Cámara de Comercio, con fecha no mayor a tres meses antes de su presentación.
o Fotocopia de la cédula del representante legal.
El registro de Impuestos sobre las ventas (IVA), se puede hacer en el momento de realizar la solicitud del NIT. Los responsables del régimen simplificado no tienen obligación de declarar el IVA, los responsables del régimen común deben hacerlo bimestralmente en las fechas que indique el calendario tributario, el cual puede adquirir directamente en la DIAN.
Simultáneamente con la solicitud del formulario RUT, usted puede solicitar el formulario para que la DIAN le autorice la numeración para las facturas que usará en su negocio.
AFILIACIÓN A LA ASEGURADORA DE RIESGOS PROFESIONALES (ARP):
Algunas de ellas son: el ISS, Colmena, Suratep, entre otros. Los pasos a seguir son:
Una vez elegida la ARP, el empleador debe llenar una solicitud de vinculación de la empresa al sistema general de riesgos pr5ofesionales, la cual es suministrada sin ningún costo por la ARP, dependiendo el grado y la clase de riesgo de las actividades de la empresa, ellos establecen la tarifa de riesgo la cual es un porcentaje total de la nómina y debe ser asumida por el empleador, dicho valor se debe pagar cada mes.
Adicionalmente debe vincular a cada trabajador, llenando la solicitud de vinculación del trabajador al sistema general de riesgos profesionales.
RÉGIMEN DE SEGURIDAD SOCIAL:
Usted deberá inscribir a alguna entidad promotora de salud (EPS) a todos sus trabajadores, los empleados podrán elegir libremente a que entidad desean vincularse (Coomeva, Susalud, Cafesalud, Cruz Blanca, entre otras). Una vez elegida el empleador deberá adelantar el proceso de afiliación tanto de la empresa como para el trabajador, mediante la diligenciación de los formularios, los cuales son suministrados en la EPS elegida.
El formulario de afiliación del trabajador deberá diligenciarse en original y dos copias, el original es para la EPS, una copia para el empleador y la otra para el trabajador.
El porcentaje total de aportes a salud es de un 12% del salario devengado por el trabajador. El valor resultante se divide en tres partes iguales, de las cuales el
trabajador debe pagar una y el empleador las dos restantes.
FONDO DE PENSIONES Y CESANTÍAS:
El empleador debe afiliar a todos los miembros de la empresa al fondo de pensiones, el cual el trabajador podrá elegir. Una vez elegido se llena la solicitud de vinculación, la cual se la suministra el fondo.
Ya vinculado se debe pagar mensualmente el 13.5% del salario devengado por el trabajador, dicho valor se divide en cuatro y de estas el empleador paga tres y una el trabajador.
APORTES PARAFISCALES
Son pagos a que está obligado todo empleador a cancelar sobre el valor de la nómina mensual a través de las cajas de compensación familiar para: Subsidio familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) y SENA.
Para realizar la respectiva inscripción, se debe adquirir un formulario en la Caja donde desea afiliarse (Comfama o Confenalco), donde le entregarán adjunto el formulario de afiliación al ICBF y al SENA.
Los pasos para la afiliación de la empresa son:
•Presentar solicitud escrita, suministrada por la Caja de Compensación Familiar, donde conste: domicilio, NIT, información sobre si estaba afiliado o no a alguna caja de compensación familiar. A la solicitud se le debe anexar lo siguiente:
o Fotocopia de la cédula si es persona natural
o Certificado de existencia y representación legal vigente si es persona jurídica.
o Relación de trabajadores indicando para cada uno: número de cédula, nombre completo y salario actual.
o Formulario diligenciado de afiliación a la empresa.
o Formulario de afiliación del trabajador y de las personas a cargo.
•Para afiliar al trabajador debe:
o Presentar el formulario de inscripción del trabajador debidamente diligenciado.
o Adjuntar los documentos necesarios para inscribir las personas que tengan a cargo trabajadores.
•Una vez esté en la Caja de Compensación Familiar elegida, debe pagar durante los primeros diez días del mes, el valor correspondiente al 9% del total devengado en la nómina mensual, los cuales deberán ser asumidos por el empleador. La distribución del 9% es la siguiente:
o 2% para el SENA.
o 3% para el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar.
o 4% para la Caja de Compensación Familiar
AJUSTES CONTABLES
Todo lo que suceda en el negocio debe registrarse en el sistema contable, para que el diario y el mayor contengan un historial completo de todas las operaciones mercantiles del periodo. Si no se ha registrado una operación o transacción, los saldos de las cuentas no mostrarán la cifra correcta al final de periodo contable.
Los asientos con que se ajustan o actualizan las cuentas se llaman asientos de ajuste. Cada asiento de ajuste afecta una cuenta de balance general y del estado de resultados. Si el ajuste no afecta a una cuenta de ingresos o de gastos, no es un asiento de ajuste.
Ajustes de Gastos
Todos los asientos de ajuste relacionados con gastos acumulados pendientes de pago y gastos que al pagarse fueron registrados como activo, requieren un cargo a una cuenta de gasto y un abono a una cuenta de activo o pasivo.
A continuación se muestran tres tipos de ajustes de gasto:
Gastos devengados: muchos negocios incurren en ciertos gastos del periodo antes de efectuar el pago correspondiente, estos gastos que se van acumulando se llaman gastos devengados o incurridos.
Gastos pagados por anticipado: son gastos que se registraron como un activo o como un gasto cuando se pagaron. Un gasto pagado por anticipado es un activo y se produce cuando se pagan gastos que abarcan uno o más periodos contables futuros. Cuando el pago se hace antes de que se haya incurrido en el gasto o antes de que se haya vencido por lo general se hace el cargo a la cuenta de un activo, debido a que representa un costo no vencido y que se empleará en periodos futuros, para producir ingresos. Sin embargo se puede utilizar una cuenta del estado de resultados para registrar el gasto cuando se paga. Cuando se usa una cuenta del estado de resultados para anotar el asiento inicial, es necesario ajustar una cuenta de gastos para bonificar cualquier parte no utilizada o vencida, y pasar el importe a una cuenta del balance general.
Distribución del costo de un activo fijo a lo largo de su vida útil, mediante el proceso de depreciación. Al proceso de cancelar o disminuir el costo de un activo fijo, con la excepción de terrenos, a lo largo de su vida útil estimada se le conoce como depreciar el activo o simplemente como depreciación. Cuando se distribuye el costo del activo fijo a lo largo de su vida útil estimada, se carga a la cuenta de depreciación y se acredita a la cuenta de depreciación acumulada.
Interés Acumulado
El interés que se carga en préstamos a corto plazo (30,60 o 90 días) es el gasto o costo de pedir dinero prestado. El interés se va acumulando según pasa el tiempo. Pero el pago de la cantidad tomada mas el interés, no se efectuará hasta la fecha de vencimiento del préstamo.
Ajustes de Ingresos
Todos los ajustes de ingresos acumulados pendientes de cobro y de ingresos que al momento del pago se registraron como pasivos, ya que no habían sido devengados, requieren un cargo a una cuenta de activo o pasivo y un abono a una cuenta de ingresos, esto se debe hacer en el ultimo día del periodo contable.
Existen dos tipos de ajustes de ingresos:
Ingresos acumulados pero no registrados ni cobrados.
Anticipos de clientes que se registran como pasivo y que cuando se devenguen se convertirán en ingresos.
Los ingresos pueden ser devengados (ganados) antes de que se reciba efectivo del cliente, o de que se contabilice la operación en los registros contables. Estos ingresos que se han devengado pero que aun no se han recibido o registrado se llaman ingresos devengados.
Cuando un cliente paga por adelantado servicios prestados, se carga a la cuanta de efectivo y por lo general, se acredita una cuenta de pasivo llamada anticipos de clientes, debido a que no se ha realizado el servicio y el ingreso aun no se ha ganado.
Normalmente, todos los anticipos cobrados a clientes se registran en una cuenta de pasivo al momento en que se recibe el pago.
Cuando se usa una cuenta de resultados para registrar el asiento inicial, será necesario el ajuste a una cuenta de ingresos para cancelar cualquier ingreso no devengado y traspasar el importe a una cuenta de pasivo.
Balanza de comprobación ajustada
Después de anotar en el diario los asientos de ajuste y pasarlos al mayor, se prepara una balanza de comprobación ajustada para verificar la exactitud del mayor, antes de preparar y actualizar los estados financieros de fin de año.
Ajustes por Inflación
El actualizar los estados financieros surge de la necesidad de conocer el valor real que tienen las partidas no monetarias de una empresa y conocer hasta que punto se han visto afectadas por la inflación. Las partidas no monetarias son aquellas cuyo valor varía con el transcurso del tiempo.
Los ajustes que más se realizan en las empresas son en las siguientes partidas:
Inventarios
Activos Fijos
Depreciación de activos fijos
Capital contable
Para ajustar los activos fijos por inflación, al igual que en los inventarios, se requiere del factor de ajuste. Una vez obtenido el factor, se le aplica al valor histórico. El ajuste se hará cargando a la cuenta del activo fijo y acreditando a la cuenta de exceso o insuficiencia de capital.
La depreciación acumulada es la contrapartida del activo fijo por lo tanto debe mostrar un saldo que este valuado con pesos del mismo poder adquisitivo que el activo fijo.
jueves, 4 de noviembre de 2010
REFLEXION SOBRE EL AMOR
Cuando el amor se te acerca no lo rehuses pensando que no lo mereces. Lo mereces, o el amor no se hubiera cruzado en tu camino.
La gente dice a menudo que el amor curará al mundo. Pero eso no es exactamente cierto. Es el amar, lo que cura al mundo.
Amar es acción. Amar es manifestación.
Amar es movimiento.
Amar es la conciencia de dar.
Hay una parte de "tomador" en cada uno que dice:
"¿Y a mí cuándo me toca?" Eso es el ego hablando. La forma más pura del amor es siempre incondicional. No hay ataduras, no hay condiciones, y no hay expectativas de recibir nada. El dar es puro. Si das ciento por ciento y amas totalmente, no necesitas recibir nada. Si amas ciento por ciento, puedes curar cualquier cosa.
Cuando actúas desde el corazón, desde el centro del amor, no actúas a partir de la mente o las emociones. No actúas desde el ego, tratando de controlar a otros o de forzarlos a que hagan algo.
Da amor. Da en silencio. No le digas a la gente lo que haces. En cambio, apóyalos con tu amor. Es el mejor regalo de todos.
Si quieres amor puro, entonces ve a donde reside el amor puro. El amor puro es el Alma. Está dentro de ti y no necesita interpretación.
La gente dice a menudo que el amor curará al mundo. Pero eso no es exactamente cierto. Es el amar, lo que cura al mundo.
Amar es acción. Amar es manifestación.
Amar es movimiento.
Amar es la conciencia de dar.
Hay una parte de "tomador" en cada uno que dice:
"¿Y a mí cuándo me toca?" Eso es el ego hablando. La forma más pura del amor es siempre incondicional. No hay ataduras, no hay condiciones, y no hay expectativas de recibir nada. El dar es puro. Si das ciento por ciento y amas totalmente, no necesitas recibir nada. Si amas ciento por ciento, puedes curar cualquier cosa.
Cuando actúas desde el corazón, desde el centro del amor, no actúas a partir de la mente o las emociones. No actúas desde el ego, tratando de controlar a otros o de forzarlos a que hagan algo.
Da amor. Da en silencio. No le digas a la gente lo que haces. En cambio, apóyalos con tu amor. Es el mejor regalo de todos.
Si quieres amor puro, entonces ve a donde reside el amor puro. El amor puro es el Alma. Está dentro de ti y no necesita interpretación.
miércoles, 3 de noviembre de 2010
SEGURIDAD SOCIAL
El criterio contable de Devengo es uno de los principales Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados. Reconocer las operaciones bajo este criterio implica que la operación se debe registrar en el momento en que ocurre el hecho económico que la genera, con independencia de si fue pagado o cobrado, o de su formalización mediante un contrato o cualquier otro documento.
ejemplo 01, si una empresa contrata un empleado que trabaja durante un mes, (enero), y le paga el sueldo los primeros días de febrero, el gasto se debe reconocer como un resultado del mes en que el trabajo se devenga, es decir enero, sin importar si se pagó o no.
ejemplo 02 Imaginemos que se trata de un servicio devengado en el ejercicio 2009, en concreto, en el mes de diciembre (al cierre de dicho mes se culminó el servicio, no habiéndose producido con anterioridad ningún otro supuesto que motive la emisión del comprobante de pago). Ahora bien, la empresa lo registró contablemente en el mes de enero de 2010, toda vez que el comprobante de pago fue emitido también en enero 2010; en este escenario, ¿afronta alguna contingencia la empresa usuaria del servicio?. A nuestro juicio, sí. Ello, por cuanto el gasto, al corresponder al mes de diciembre de 2009, debió registrarse en dicho mes (diciembre). Adicionalmente a ello, cabe afirmar que la empresa tampoco podrá deducir dicho gasto en el ejercicio 2010, toda vez que el gasto era conocido previa y oportunamente por la empresa usuaria y además habrá de tomar en cuenta que la fecha de emisión del comprobante de pago ha sido emitido con fecha enero del ejercicio 2010 y no por el mes de diciembre del ejercicio 2009, podemos advertir lo contraproducente, fiscalmente hablando para una empresa que ésta reciba un comprobante de pago en el cual se consigne una fecha de emisión que, en rigor, de como te la introduce ,se ajuste a la oportunidad prevista por la normativa específica (RCP) y que por ende no permita la sustentación del gasto respectivo, situación que exige a las empresas redoblar sus esfuerzos de solicitar a los proveedores la emisión de los comprobantes de pago de acuerdo a la normatividad vigente (RCP) y al final de cuentas estar supeditados a la decisión que tome el aludido proveedor.
Objetivos
El objetivo de la seguridad social es la de ofrecer protección a las personas que están en la imposibilidad (temporal o permanente) de obtener un ingreso, o que deben asumir responsabilidades financieras excepcionales, puedan seguir satisfaciendo sus principales necesidades, proporcionándoles, a tal efecto:
El término puede usarse para hacer referencia a:
Seguro social, Entidad que administra los fondos y otorga los diferentes beneficios que contempla la Seguridad Social en función al reconocimiento a contribuciones hechas a un esquema de seguro. Estos servicios o beneficios incluyen típicamente la provisión de pensiones de jubilación, seguro de invalidez, pensiones de viudedad y orfandad, cuidados médicos y seguro de desempleo.
Mantenimiento de ingresos, principalmente la distribución de efectivo en caso de pérdida de empleo, incluyendo jubilación, discapacidad y desempleo.
Servicios provistos por las administraciones responsables de la seguridad social. Según el país esto puede incluir cuidados médicos, aspectos de trabajo social e incluso relaciones industriales.
El término es también usado para referirse a la seguridad básica, un término aproximadamente equivalente al acceso a las necesidades básicas, tales como comida, educación y cuidados médicos.
Historia
La Seguridad Social nace en Alemania, en la época del Canciller Otto von Bismarck, con la Ley del Seguro de Enfermedad, en 1883.
La expresión "Seguridad Social" se populariza a partir de su uso por primera vez en una ley en Estados Unidos, concretamente en la "Social Security Act" de 1935. Y, posteriormente, el concepto es ampliado por Sir William Beveridge en el llamado "Informe Beveridge" (el llamado "Social Insurance and Allied Services Report") de 1942 con las prestaciones de salud y la constitución del National Health Service (Servicio Nacional de Salud, en español) británico en 1948.
ejemplo 01, si una empresa contrata un empleado que trabaja durante un mes, (enero), y le paga el sueldo los primeros días de febrero, el gasto se debe reconocer como un resultado del mes en que el trabajo se devenga, es decir enero, sin importar si se pagó o no.
ejemplo 02 Imaginemos que se trata de un servicio devengado en el ejercicio 2009, en concreto, en el mes de diciembre (al cierre de dicho mes se culminó el servicio, no habiéndose producido con anterioridad ningún otro supuesto que motive la emisión del comprobante de pago). Ahora bien, la empresa lo registró contablemente en el mes de enero de 2010, toda vez que el comprobante de pago fue emitido también en enero 2010; en este escenario, ¿afronta alguna contingencia la empresa usuaria del servicio?. A nuestro juicio, sí. Ello, por cuanto el gasto, al corresponder al mes de diciembre de 2009, debió registrarse en dicho mes (diciembre). Adicionalmente a ello, cabe afirmar que la empresa tampoco podrá deducir dicho gasto en el ejercicio 2010, toda vez que el gasto era conocido previa y oportunamente por la empresa usuaria y además habrá de tomar en cuenta que la fecha de emisión del comprobante de pago ha sido emitido con fecha enero del ejercicio 2010 y no por el mes de diciembre del ejercicio 2009, podemos advertir lo contraproducente, fiscalmente hablando para una empresa que ésta reciba un comprobante de pago en el cual se consigne una fecha de emisión que, en rigor, de como te la introduce ,se ajuste a la oportunidad prevista por la normativa específica (RCP) y que por ende no permita la sustentación del gasto respectivo, situación que exige a las empresas redoblar sus esfuerzos de solicitar a los proveedores la emisión de los comprobantes de pago de acuerdo a la normatividad vigente (RCP) y al final de cuentas estar supeditados a la decisión que tome el aludido proveedor.
Objetivos
El objetivo de la seguridad social es la de ofrecer protección a las personas que están en la imposibilidad (temporal o permanente) de obtener un ingreso, o que deben asumir responsabilidades financieras excepcionales, puedan seguir satisfaciendo sus principales necesidades, proporcionándoles, a tal efecto:
El término puede usarse para hacer referencia a:
Seguro social, Entidad que administra los fondos y otorga los diferentes beneficios que contempla la Seguridad Social en función al reconocimiento a contribuciones hechas a un esquema de seguro. Estos servicios o beneficios incluyen típicamente la provisión de pensiones de jubilación, seguro de invalidez, pensiones de viudedad y orfandad, cuidados médicos y seguro de desempleo.
Mantenimiento de ingresos, principalmente la distribución de efectivo en caso de pérdida de empleo, incluyendo jubilación, discapacidad y desempleo.
Servicios provistos por las administraciones responsables de la seguridad social. Según el país esto puede incluir cuidados médicos, aspectos de trabajo social e incluso relaciones industriales.
El término es también usado para referirse a la seguridad básica, un término aproximadamente equivalente al acceso a las necesidades básicas, tales como comida, educación y cuidados médicos.
Historia
La Seguridad Social nace en Alemania, en la época del Canciller Otto von Bismarck, con la Ley del Seguro de Enfermedad, en 1883.
La expresión "Seguridad Social" se populariza a partir de su uso por primera vez en una ley en Estados Unidos, concretamente en la "Social Security Act" de 1935. Y, posteriormente, el concepto es ampliado por Sir William Beveridge en el llamado "Informe Beveridge" (el llamado "Social Insurance and Allied Services Report") de 1942 con las prestaciones de salud y la constitución del National Health Service (Servicio Nacional de Salud, en español) británico en 1948.
DEVENGADO
El criterio contable de Devengo es uno de los principales Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados. Reconocer las operaciones bajo este criterio implica que la operación se debe registrar en el momento en que ocurre el hecho económico que la genera, con independencia de si fue pagado o cobrado, o de su formalización mediante un contrato o cualquier otro documento.
ejemplo 01, si una empresa contrata un empleado que trabaja durante un mes, (enero), y le paga el sueldo los primeros días de febrero, el gasto se debe reconocer como un resultado del mes en que el trabajo se devenga, es decir enero, sin importar si se pagó o no.
ejemplo 02 Imaginemos que se trata de un servicio devengado en el ejercicio 2009, en concreto, en el mes de diciembre (al cierre de dicho mes se culminó el servicio, no habiéndose producido con anterioridad ningún otro supuesto que motive la emisión del comprobante de pago). Ahora bien, la empresa lo registró contablemente en el mes de enero de 2010, toda vez que el comprobante de pago fue emitido también en enero 2010; en este escenario, ¿afronta alguna contingencia la empresa usuaria del servicio?. A nuestro juicio, sí. Ello, por cuanto el gasto, al corresponder al mes de diciembre de 2009, debió registrarse en dicho mes (diciembre). Adicionalmente a ello, cabe afirmar que la empresa tampoco podrá deducir dicho gasto en el ejercicio 2010, toda vez que el gasto era conocido previa y oportunamente por la empresa usuaria y además habrá de tomar en cuenta que la fecha de emisión del comprobante de pago ha sido emitido con fecha enero del ejercicio 2010 y no por el mes de diciembre del ejercicio 2009, podemos advertir lo contraproducente, fiscalmente hablando para una empresa que ésta reciba un comprobante de pago en el cual se consigne una fecha de emisión que, en rigor, de como te la introduce ,se ajuste a la oportunidad prevista por la normativa específica (RCP) y que por ende no permita la sustentación del gasto respectivo, situación que exige a las empresas redoblar sus esfuerzos de solicitar a los proveedores la emisión de los comprobantes de pago de acuerdo a la normatividad vigente (RCP) y al final de cuentas estar supeditados a la decisión que tome el aludido proveedor.
ejemplo 01, si una empresa contrata un empleado que trabaja durante un mes, (enero), y le paga el sueldo los primeros días de febrero, el gasto se debe reconocer como un resultado del mes en que el trabajo se devenga, es decir enero, sin importar si se pagó o no.
ejemplo 02 Imaginemos que se trata de un servicio devengado en el ejercicio 2009, en concreto, en el mes de diciembre (al cierre de dicho mes se culminó el servicio, no habiéndose producido con anterioridad ningún otro supuesto que motive la emisión del comprobante de pago). Ahora bien, la empresa lo registró contablemente en el mes de enero de 2010, toda vez que el comprobante de pago fue emitido también en enero 2010; en este escenario, ¿afronta alguna contingencia la empresa usuaria del servicio?. A nuestro juicio, sí. Ello, por cuanto el gasto, al corresponder al mes de diciembre de 2009, debió registrarse en dicho mes (diciembre). Adicionalmente a ello, cabe afirmar que la empresa tampoco podrá deducir dicho gasto en el ejercicio 2010, toda vez que el gasto era conocido previa y oportunamente por la empresa usuaria y además habrá de tomar en cuenta que la fecha de emisión del comprobante de pago ha sido emitido con fecha enero del ejercicio 2010 y no por el mes de diciembre del ejercicio 2009, podemos advertir lo contraproducente, fiscalmente hablando para una empresa que ésta reciba un comprobante de pago en el cual se consigne una fecha de emisión que, en rigor, de como te la introduce ,se ajuste a la oportunidad prevista por la normativa específica (RCP) y que por ende no permita la sustentación del gasto respectivo, situación que exige a las empresas redoblar sus esfuerzos de solicitar a los proveedores la emisión de los comprobantes de pago de acuerdo a la normatividad vigente (RCP) y al final de cuentas estar supeditados a la decisión que tome el aludido proveedor.
JORNADA DE TRABAJO
Convenio de la OIT sobre las horas de trabajo de 1919
La primera regulación que se hizo referente a la duración de la jornada de trabajo, fue en la Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo convocada en Washington por el Gobierno de los Estados Unidos de América el 29 de octubre de 1919.
En esta Conferencia se estableció el convenio por el que se limitan las horas de trabajo en las industrias a ocho horas diarias y cuarenta y ocho semanales cuestión que constituyó el primer punto del orden del día de la reunión de la Conferencia celebrada en Washington, y que después de haberse decidido que dichas proposiciones revistieran la forma de un convenio internacional, se acordo la constitución del acuerdo como Convenio, que podrá ser citado como el Convenio sobre las horas de trabajo -industria- de 1919, y que fue sometido a la ratificación de los Miembros de la Organización Internacional del Trabajo de acuerdo con las disposiciones de la Constitución de la OIT.
Clasificación de las jornadas de trabajo
La jornada de trabajo puede ser, básicamente:
Jornada a tiempo completo
Jornada a tiempo parcial
En el caso de la jornada a tiempo completo la distribución y organización de las jornadas de trabajo a lo largo del día o la semana pueden hacerse de las siguientes formas:
Jornada reducida: hay trabajos en los que la jornada es más reducida debido a una regulación especial como consecuencia de las particulares circunstancias físicas en que se ejecuta el trabajo, concretamente son:
Trabajos con riesgos para la salud de los trabajadores
Trabajos en cámaras frigoríficas y de congelación
Trabajos en el interior de las minas
Trabajos de construcción y obras públicas
Otras reducciones de jornada: guarda legal de hijos o lactancia
Jornada continua: cuando se inicia y finaliza la jornada con una sola interrupción de treinta minutos para descansar o tomar algún alimento.
Jornada partida: cuando a la mitad de la jornada hay una interrupción del trabajo de al menos una hora de duración.
Trabajo a turnos: cuando se establecen turnos de trabajo rotatorios entre los trabajadores que forman equipos van alternando mañana, tarde o noche donde la actividad no puede paralizarse, por razones productivas o de servicio.
Trabajo nocturno. cuando la jornada está comprendida entre las diez de la noche y las seis de la mañana siguiente.
Trabajo en festivos. cuando el trabajo se realiza en festivos
Horas extraordinarias: son las horas de trabajo efectivo que se realizan sobrepasando la duración máxima de la jornada de trabajo legal establecida. El número de horas extraordinarias no puede ser superior a ochenta al año, salvo las realizadas por causa de fuerza mayor.
[editar]Descansos
El período de descanso es aquel en el cual el trabajador se encuentra libre de la actividad laboral y no está tampoco a disposición del empresario. Los períodos mínimos de descanso establecidos, salvo que en convenio colectivo se establezcan períodos superiores, son:
Descanso semanal El trabajador tiene derecho a un descanso mínimo semanal de día y medio ininterrumpido. Como regla general, suele ser la tarde del sábado, o la mañana del lunes, y el día completo del domingo. Para los menores de 18 dieciocho años es de dos días, como mínimo.
Entre jornada y jornada tiene que haber un periodo de descanso mínimo de doce horas
El jornada continuada debe existir un descanso de al menos quince minutos
La primera regulación que se hizo referente a la duración de la jornada de trabajo, fue en la Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo convocada en Washington por el Gobierno de los Estados Unidos de América el 29 de octubre de 1919.
En esta Conferencia se estableció el convenio por el que se limitan las horas de trabajo en las industrias a ocho horas diarias y cuarenta y ocho semanales cuestión que constituyó el primer punto del orden del día de la reunión de la Conferencia celebrada en Washington, y que después de haberse decidido que dichas proposiciones revistieran la forma de un convenio internacional, se acordo la constitución del acuerdo como Convenio, que podrá ser citado como el Convenio sobre las horas de trabajo -industria- de 1919, y que fue sometido a la ratificación de los Miembros de la Organización Internacional del Trabajo de acuerdo con las disposiciones de la Constitución de la OIT.
Clasificación de las jornadas de trabajo
La jornada de trabajo puede ser, básicamente:
Jornada a tiempo completo
Jornada a tiempo parcial
En el caso de la jornada a tiempo completo la distribución y organización de las jornadas de trabajo a lo largo del día o la semana pueden hacerse de las siguientes formas:
Jornada reducida: hay trabajos en los que la jornada es más reducida debido a una regulación especial como consecuencia de las particulares circunstancias físicas en que se ejecuta el trabajo, concretamente son:
Trabajos con riesgos para la salud de los trabajadores
Trabajos en cámaras frigoríficas y de congelación
Trabajos en el interior de las minas
Trabajos de construcción y obras públicas
Otras reducciones de jornada: guarda legal de hijos o lactancia
Jornada continua: cuando se inicia y finaliza la jornada con una sola interrupción de treinta minutos para descansar o tomar algún alimento.
Jornada partida: cuando a la mitad de la jornada hay una interrupción del trabajo de al menos una hora de duración.
Trabajo a turnos: cuando se establecen turnos de trabajo rotatorios entre los trabajadores que forman equipos van alternando mañana, tarde o noche donde la actividad no puede paralizarse, por razones productivas o de servicio.
Trabajo nocturno. cuando la jornada está comprendida entre las diez de la noche y las seis de la mañana siguiente.
Trabajo en festivos. cuando el trabajo se realiza en festivos
Horas extraordinarias: son las horas de trabajo efectivo que se realizan sobrepasando la duración máxima de la jornada de trabajo legal establecida. El número de horas extraordinarias no puede ser superior a ochenta al año, salvo las realizadas por causa de fuerza mayor.
[editar]Descansos
El período de descanso es aquel en el cual el trabajador se encuentra libre de la actividad laboral y no está tampoco a disposición del empresario. Los períodos mínimos de descanso establecidos, salvo que en convenio colectivo se establezcan períodos superiores, son:
Descanso semanal El trabajador tiene derecho a un descanso mínimo semanal de día y medio ininterrumpido. Como regla general, suele ser la tarde del sábado, o la mañana del lunes, y el día completo del domingo. Para los menores de 18 dieciocho años es de dos días, como mínimo.
Entre jornada y jornada tiene que haber un periodo de descanso mínimo de doce horas
El jornada continuada debe existir un descanso de al menos quince minutos
SALARIO
Precio del trabajo efectuado por cuenta y orden de un patrono. El concepto del salario ha evolucionado con el progreso y hoy constituye uno de los problemas más complejos de la organización económica y social de los pueblos. Los desequilibrios de salarios son capaces de provocar las más graves perturbaciones (huelgas, alzamientos, revoluciones, etc). Más de los dos tercios de la población mundial dependen, para su existencia, de las rentas que el trabajo por cuenta ajena les proporciona.
a. En dinero o en especie: En dinero, debe estipularse en moneda nacional, en caso de ser en moneda extranjera, el trabajador puede exigir su equivalente en moneda nacional. Constituye salario en especie toda aquella parte de la remuneración ordinaria y permanente que el trabajador reciba en contraprestación del servicio, como alimentación, habitación o vestuario que el empleador suministra al trabajador o a su familia
b. Ordinario o extraordinario: El salario ordinario es el que percibe el trabajador como remuneración por los servicios prestados dentro de su jornada ordinaria de trabajo. El extraordinario, es el que implica remuneración del trabajo ejecutado en días de descanso obligatorio o de horas extras o suplementarias trabajadas
c. Fijo o variable: Cuando se pacta por unidad de tiempo se denomina fijo. Por unidad de obra o a nivel de ventas es considerado variable
a. En dinero o en especie: En dinero, debe estipularse en moneda nacional, en caso de ser en moneda extranjera, el trabajador puede exigir su equivalente en moneda nacional. Constituye salario en especie toda aquella parte de la remuneración ordinaria y permanente que el trabajador reciba en contraprestación del servicio, como alimentación, habitación o vestuario que el empleador suministra al trabajador o a su familia
b. Ordinario o extraordinario: El salario ordinario es el que percibe el trabajador como remuneración por los servicios prestados dentro de su jornada ordinaria de trabajo. El extraordinario, es el que implica remuneración del trabajo ejecutado en días de descanso obligatorio o de horas extras o suplementarias trabajadas
c. Fijo o variable: Cuando se pacta por unidad de tiempo se denomina fijo. Por unidad de obra o a nivel de ventas es considerado variable
NOTA DE CONTABILIDAD
La nota de contabilidad es un documento interno de la empresa, que es utilizado para hacer registros contables, cuando se trata de operaciones que no tienen soportes externos, u operaciones para las cuales no existen documentos internos específicos.
En primer lugar, se debe hacer claridad que las operaciones que la empresa realice con terceros, necesariamente deben tener soportes válidos como son las facturas. Una factura no puede ser reemplazada por una nota de contabilidad o cualquier otro documento diferente. Por ejemplo, cuando ser realiza compra de bienes, el único documento válido es la factura, o documento equivalente en el caso que la operación se realice con una persona no obligada a facturar.
En primer lugar, se debe hacer claridad que las operaciones que la empresa realice con terceros, necesariamente deben tener soportes válidos como son las facturas. Una factura no puede ser reemplazada por una nota de contabilidad o cualquier otro documento diferente. Por ejemplo, cuando ser realiza compra de bienes, el único documento válido es la factura, o documento equivalente en el caso que la operación se realice con una persona no obligada a facturar.
OTROS DOCUMENTOS CONTABLES
RECIBO
El recibo es un documento, mediante el cual una persona acredita haber recibido de otra una determinada suma de dinero en efectivo o en especie y sirve de comprobante de pago.
Documento en que el acreedor reconoce expresamente haber recibido del deudor dinero u otra cosa a efectos del pago o cumplimiento de la obligación.
LA COTIZACIÓN
La cotización es darle valor a un bien, de esta manera se cotizan los valores que participan en el mercado bursátil. También se cotiza el trabajo.
Precio registrado en una Bolsa cuando se realiza una negociación de valores, o también expresión de uso bursátil para señalar el valor de acciones y otros instrumentos que se venden a través de bolsas de valores.
La primera acepción de este término hace referencia al precio de equilibrio para un título en función de la oferta y la demanda. Por otra parte, también se utiliza este nombre para el precio al que se ha realizado la compra o la venta de un valor o de una divisa en la bolsa, o en los mercados monetarios.
RECIBO DE COMPRA
Recibo de compra es aquel que se da a la persona o al cliente al momento de haber hecho una compra o al haber cancelado una deuda.
El recibo de compra es que el especifica la compra realizada.
FACTURA DE CREDITO
Es un documento que sigue sin aceptación.
Permite fijar una fecha cierta para pago de las facturas que les venden a los hipermercados y otras grandes concentraciones comerciales o cuando son proveedoras de grandes industrias. Esto neutraliza los abusos de posición dominante de las grandes empresas, abusos que han sido sistemáticamente utilizados, por los grandes hipermercados y las grandes concentraciones industriales para obtener de manera desleal una mejor posición competitiva, en perjuicio de las pequeñas y medianas empresas de la producción, de la industria y del comercio, causando graves daños no solo a esos segmentos empresarios sino también a las economías regionales.
Es un instrumento de crédito eficaz, ya que al ser conformadas por grandes empresas son fácilmente negociables en las instituciones financieras permitiendo así el acceso al crédito a un sector empresario al que hoy le esta vedado.
El recibo es un documento, mediante el cual una persona acredita haber recibido de otra una determinada suma de dinero en efectivo o en especie y sirve de comprobante de pago.
Documento en que el acreedor reconoce expresamente haber recibido del deudor dinero u otra cosa a efectos del pago o cumplimiento de la obligación.
LA COTIZACIÓN
La cotización es darle valor a un bien, de esta manera se cotizan los valores que participan en el mercado bursátil. También se cotiza el trabajo.
Precio registrado en una Bolsa cuando se realiza una negociación de valores, o también expresión de uso bursátil para señalar el valor de acciones y otros instrumentos que se venden a través de bolsas de valores.
La primera acepción de este término hace referencia al precio de equilibrio para un título en función de la oferta y la demanda. Por otra parte, también se utiliza este nombre para el precio al que se ha realizado la compra o la venta de un valor o de una divisa en la bolsa, o en los mercados monetarios.
RECIBO DE COMPRA
Recibo de compra es aquel que se da a la persona o al cliente al momento de haber hecho una compra o al haber cancelado una deuda.
El recibo de compra es que el especifica la compra realizada.
FACTURA DE CREDITO
Es un documento que sigue sin aceptación.
Permite fijar una fecha cierta para pago de las facturas que les venden a los hipermercados y otras grandes concentraciones comerciales o cuando son proveedoras de grandes industrias. Esto neutraliza los abusos de posición dominante de las grandes empresas, abusos que han sido sistemáticamente utilizados, por los grandes hipermercados y las grandes concentraciones industriales para obtener de manera desleal una mejor posición competitiva, en perjuicio de las pequeñas y medianas empresas de la producción, de la industria y del comercio, causando graves daños no solo a esos segmentos empresarios sino también a las economías regionales.
Es un instrumento de crédito eficaz, ya que al ser conformadas por grandes empresas son fácilmente negociables en las instituciones financieras permitiendo así el acceso al crédito a un sector empresario al que hoy le esta vedado.
FACTURA DE CRÉDITO
Es un documento que sigue sin aceptación.
Permite fijar una fecha cierta para pago de las facturas que les venden a los hipermercados y otras grandes concentraciones comerciales o cuando son proveedoras de grandes industrias. Esto neutraliza los abusos de posición dominante de las grandes empresas, abusos que han sido sistemáticamente utilizados, por los grandes hipermercados y las grandes concentraciones industriales para obtener de manera desleal una mejor posición competitiva, en perjuicio de las pequeñas y medianas empresas de la producción, de la industria y del comercio, causando graves daños no solo a esos segmentos empresarios sino también a las economías regionales.
Permite fijar una fecha cierta para pago de las facturas que les venden a los hipermercados y otras grandes concentraciones comerciales o cuando son proveedoras de grandes industrias. Esto neutraliza los abusos de posición dominante de las grandes empresas, abusos que han sido sistemáticamente utilizados, por los grandes hipermercados y las grandes concentraciones industriales para obtener de manera desleal una mejor posición competitiva, en perjuicio de las pequeñas y medianas empresas de la producción, de la industria y del comercio, causando graves daños no solo a esos segmentos empresarios sino también a las economías regionales.
martes, 2 de noviembre de 2010
LIQUIDACION
2 LIQUIDACION DE NOMINA La nomina es un documento de soporte donde el empleador relaciona los pagos de cada periodo contable a sus trabajadores. Consta de tres partes: 1- Es la parte informativa donde se relaciona todo el encabezamiento: razón social de la empresa, NIT, periodo de pago, nombre del documento, nombre y cargo del trabajador, días laborados, consecutivo, salario básico. 2-Consta del devengado y el deducido. 3- La conforman los parafiscales y las deducciones o apropiaciones para prestaciones sociales y las firmas de quien elabora, revisa y aprueba.
3 VALOR DEVENGADO Esta constituido por las sumas que el empleador paga al trabajador de acuerdo a la legislación laboral y esta formado por los distintos conceptos que constituyen salario. CONSTITUYEN: Salario básico Salario básico devengado Salario mínimo
4 REMUNERACION Del trabajo ordinario y suplementario. JORNADA ORDINARIA Es la que conviene el empleador y el trabajador o a falta de convenio la máxima legal JORNADA MAXIMA La duración máxima legal es de 8 horas al día y de 48 horas a la semana la jornada de trabajo del menor entre 12 y 14 años, 4 horas días y 24 horas semanales de 14 y 16 años 6 horas diarias y 36 horas semanales.
5 TRABAJO DIURNO Y NOTURNO El trabajo diurno esta comprendido entre las 6 am y las 10pm y el trabajo nocturno entre las 10pm y las 6am. El trabajo nocturno se remunera con un recargo del 32%. DESCANSO DEL DIA SABADO Para el descanso del sábado se pueden repartir las 48 horas semanales, aplicando la jornada ordinaria hasta 2 horas. TRABAJO EXTRA Es el que excede la jornada ordinaria y la máxima legal, los recargos son: Extra Diurna Ordinaria: 1.25 factor, recargo del 25% Extra Nocturna Ordinaria: 1.75 factor, recargo del 75% Extra Dominical y Festiva: 1.75 factor, recargo del 75% Extra Dominical y Festiva Nocturna: 2.10 factor, recargo del 110% Extra Diurna Festiva: 2.00 factor, recargo del 100% Extra Nocturna Festiva: 2.50 factor, recargo del 150% Recargo Nocturno: 0.35 factor, recargo del 35%
6 TOTAL DEVENGADO Es la suma de todo lo que se gana el trabajador: salario devengado, auxilio de transporte, comisiones, extras, y recargos, entre otros. DEDUCCIONES El empleador esta autorizado para deducir por nomina: salud, pensiones, fondo de solidaridad y retención en la fuente. Con autorización escrita del trabajador: cooperativa, libranza, sindicatos, demandas, etc.
7 PARAFISCALES Son los soportes que le empleador debe hacer a otras entidades de acuerdo a la ley, como son: SENA (Servicio Nacional De Aprendizaje): El empleador debe aportar del total de la nomina, el 2% para subsidiar el estudio se los colombianos. No se tiene en cuenta el subsidio de transporte (Total Devengado menos Subsidio de Transporte por 2%). ICBF (Instituto Colombiano De Bienestar Familiar): Es el aporte que el empleador hace para subsidiar a la niñez desamparada. (Total Devengado menos Subsidio de Transporte por 3%). CAJA DE COMPESACION FAMILIAR: El empleador aporta un 4% del total de la nomina para recreación, y programas de bienestar social de toda comunidad. (Total Devengado por 4%). RIESGOS PROFESIONALES: Toda empresa debe afiliar a sus trabajadores a una entidad administradora de riesgos profesionales (ARP) con el fin de prevenir, proteger y atender a los trabajadores en caso de enfermedades profesionales o de accidentes como consecuencia de su trabajo. La tabla de riesgos 0.348% hasta 8.700%. (Total Devengado menos subsidio de transporte por 0.348% o la aplicada por la empresa)
8 PROVISION PARA PRESTACIONES SOCIALES Todo empleador, debe guardar, aprovisionar o apropiarse de dinero para el pago de prestaciones sociales de sus empleados, así: Cesantías: el 8.33% del total de la nomina. Intereses sobre Cesantías: el 1% del total del devengado Vacaciones: Total devengado por el 4.17% Prima: total devengado por el 8.33% Para finalizar se totaliza provisión, parafiscales y neto pagado y nos da el gran total. Se finaliza con la firma de las personas que elaboran la nomina, que la revisan y aprueban.
3 VALOR DEVENGADO Esta constituido por las sumas que el empleador paga al trabajador de acuerdo a la legislación laboral y esta formado por los distintos conceptos que constituyen salario. CONSTITUYEN: Salario básico Salario básico devengado Salario mínimo
4 REMUNERACION Del trabajo ordinario y suplementario. JORNADA ORDINARIA Es la que conviene el empleador y el trabajador o a falta de convenio la máxima legal JORNADA MAXIMA La duración máxima legal es de 8 horas al día y de 48 horas a la semana la jornada de trabajo del menor entre 12 y 14 años, 4 horas días y 24 horas semanales de 14 y 16 años 6 horas diarias y 36 horas semanales.
5 TRABAJO DIURNO Y NOTURNO El trabajo diurno esta comprendido entre las 6 am y las 10pm y el trabajo nocturno entre las 10pm y las 6am. El trabajo nocturno se remunera con un recargo del 32%. DESCANSO DEL DIA SABADO Para el descanso del sábado se pueden repartir las 48 horas semanales, aplicando la jornada ordinaria hasta 2 horas. TRABAJO EXTRA Es el que excede la jornada ordinaria y la máxima legal, los recargos son: Extra Diurna Ordinaria: 1.25 factor, recargo del 25% Extra Nocturna Ordinaria: 1.75 factor, recargo del 75% Extra Dominical y Festiva: 1.75 factor, recargo del 75% Extra Dominical y Festiva Nocturna: 2.10 factor, recargo del 110% Extra Diurna Festiva: 2.00 factor, recargo del 100% Extra Nocturna Festiva: 2.50 factor, recargo del 150% Recargo Nocturno: 0.35 factor, recargo del 35%
6 TOTAL DEVENGADO Es la suma de todo lo que se gana el trabajador: salario devengado, auxilio de transporte, comisiones, extras, y recargos, entre otros. DEDUCCIONES El empleador esta autorizado para deducir por nomina: salud, pensiones, fondo de solidaridad y retención en la fuente. Con autorización escrita del trabajador: cooperativa, libranza, sindicatos, demandas, etc.
7 PARAFISCALES Son los soportes que le empleador debe hacer a otras entidades de acuerdo a la ley, como son: SENA (Servicio Nacional De Aprendizaje): El empleador debe aportar del total de la nomina, el 2% para subsidiar el estudio se los colombianos. No se tiene en cuenta el subsidio de transporte (Total Devengado menos Subsidio de Transporte por 2%). ICBF (Instituto Colombiano De Bienestar Familiar): Es el aporte que el empleador hace para subsidiar a la niñez desamparada. (Total Devengado menos Subsidio de Transporte por 3%). CAJA DE COMPESACION FAMILIAR: El empleador aporta un 4% del total de la nomina para recreación, y programas de bienestar social de toda comunidad. (Total Devengado por 4%). RIESGOS PROFESIONALES: Toda empresa debe afiliar a sus trabajadores a una entidad administradora de riesgos profesionales (ARP) con el fin de prevenir, proteger y atender a los trabajadores en caso de enfermedades profesionales o de accidentes como consecuencia de su trabajo. La tabla de riesgos 0.348% hasta 8.700%. (Total Devengado menos subsidio de transporte por 0.348% o la aplicada por la empresa)
8 PROVISION PARA PRESTACIONES SOCIALES Todo empleador, debe guardar, aprovisionar o apropiarse de dinero para el pago de prestaciones sociales de sus empleados, así: Cesantías: el 8.33% del total de la nomina. Intereses sobre Cesantías: el 1% del total del devengado Vacaciones: Total devengado por el 4.17% Prima: total devengado por el 8.33% Para finalizar se totaliza provisión, parafiscales y neto pagado y nos da el gran total. Se finaliza con la firma de las personas que elaboran la nomina, que la revisan y aprueban.
NOTA DEBITO
La nota de débito tiene por objeto contabilizar una partida a favor de un comerciante y contra otra persona, por lo general un cliente de aquel. Se utiliza cuando se han hecho gastos que debe pagar un cliente o cuando se formula un cargo por intereses a cobrar. También se emplea para rectificar algún error cometido en una factura, cuyo importe, como consecuencia de esa equivocación, resulta inferior al verdadero
Requisitos o datos de la nota de débito. Los datos que debe contener la nota de débito son estos:
Fecha
Nombre y domicilio del comerciante que la emite
Nombre y domicilio de la persona a cuyo cargo se extiende
Numero de la nota de débito
Naturaleza del cargo e importe
NOTA CREDITO
se emplea –a la inversa de la nota de debito- para documentar un crédito a favor de otra persona –por lo común un cliente-, por roturas de mercaderías vendidas, rebajas de precio, devoluciones o descuentos especiales o por errores de factura en virtud de los cuales el importe de esta es superior al que verdaderamente corresponde.
Requisitos o datos de la nota de crédito.
Fecha.
Nombre y domicilio de quien la emite.
Nombre y domicilio de la persona para quien se extiende.
Numero de la nota de crédito.
Naturaleza del crédito e importe.
NOTA DE CONTABILIDAD
La nota de contabilidad es un documento interno de la empresa, que es utilizado para hacer registros contables, cuando se trata de operaciones que no tienen soportes externos, u operaciones para las cuales no existen documentos internos específicos.
En primer lugar, se debe hacer claridad que las operaciones que la empresa realice con terceros, necesariamente deben tener soportes válidos como son las facturas. Una factura no puede ser reemplazada por una nota de contabilidad o cualquier otro documento diferente. Por ejemplo, cuando ser realiza compra de bienes, el único documento válido es la factura, o documento equivalente en el caso que la operación se realice con una persona no obligada a facturar.
La nota de débito tiene por objeto contabilizar una partida a favor de un comerciante y contra otra persona, por lo general un cliente de aquel. Se utiliza cuando se han hecho gastos que debe pagar un cliente o cuando se formula un cargo por intereses a cobrar. También se emplea para rectificar algún error cometido en una factura, cuyo importe, como consecuencia de esa equivocación, resulta inferior al verdadero
Requisitos o datos de la nota de débito. Los datos que debe contener la nota de débito son estos:
Fecha
Nombre y domicilio del comerciante que la emite
Nombre y domicilio de la persona a cuyo cargo se extiende
Numero de la nota de débito
Naturaleza del cargo e importe
NOTA CREDITO
se emplea –a la inversa de la nota de debito- para documentar un crédito a favor de otra persona –por lo común un cliente-, por roturas de mercaderías vendidas, rebajas de precio, devoluciones o descuentos especiales o por errores de factura en virtud de los cuales el importe de esta es superior al que verdaderamente corresponde.
Requisitos o datos de la nota de crédito.
Fecha.
Nombre y domicilio de quien la emite.
Nombre y domicilio de la persona para quien se extiende.
Numero de la nota de crédito.
Naturaleza del crédito e importe.
NOTA DE CONTABILIDAD
La nota de contabilidad es un documento interno de la empresa, que es utilizado para hacer registros contables, cuando se trata de operaciones que no tienen soportes externos, u operaciones para las cuales no existen documentos internos específicos.
En primer lugar, se debe hacer claridad que las operaciones que la empresa realice con terceros, necesariamente deben tener soportes válidos como son las facturas. Una factura no puede ser reemplazada por una nota de contabilidad o cualquier otro documento diferente. Por ejemplo, cuando ser realiza compra de bienes, el único documento válido es la factura, o documento equivalente en el caso que la operación se realice con una persona no obligada a facturar.
Titulo Valor
ACCIONES
Una acción es una parte alícuota del capital social de una sociedad anónima. Representa la propiedad que una persona tiene de una parte de esa sociedad. Normalmente, salvo excepciones, las acciones son transmisibles libremente y otorgan derechos económicos y políticos a su titular (accionista).
BONOS
Los Bonos son Títulos Valor que emiten empresas o entidades de cualquier tipo con el fin de obtener recursos del mercado de capitales. Estos títulos representan una parte de un crédito constituido a cargo de la entidad emisora. Su plazo mínimo es de un año; en retorno de su inversión recibirá una tasa de interés que fija el emisor de acuerdo con las condiciones de mercado, al momento de realizar la colocación de los títulos. Por sus características estos títulos son considerados de renta fija. Además de los bonos ordinarios, existen en el mercado bonos de prenda y bonos de garantía general y específica y bonos convertibles en acciones.
I.V. A
Qué es el Iva es una de las consultas que más recibimos, sin duda de quienes apenas se inician en el mundo de la contabilidad o de los impuestos.
La expresión “IVA” es la sigla del “Impuesto al valor agregado o añadido” más conocido en Colombia como “Impuesto sobre las ventas”.
C.D.T
El CDT (Certificado de Deposito a Término) es un titulo valor que emite un banco a un cliente que ha hecho un depósito de dinero con el propósito de constituir el CDT.
Una acción es una parte alícuota del capital social de una sociedad anónima. Representa la propiedad que una persona tiene de una parte de esa sociedad. Normalmente, salvo excepciones, las acciones son transmisibles libremente y otorgan derechos económicos y políticos a su titular (accionista).
BONOS
Los Bonos son Títulos Valor que emiten empresas o entidades de cualquier tipo con el fin de obtener recursos del mercado de capitales. Estos títulos representan una parte de un crédito constituido a cargo de la entidad emisora. Su plazo mínimo es de un año; en retorno de su inversión recibirá una tasa de interés que fija el emisor de acuerdo con las condiciones de mercado, al momento de realizar la colocación de los títulos. Por sus características estos títulos son considerados de renta fija. Además de los bonos ordinarios, existen en el mercado bonos de prenda y bonos de garantía general y específica y bonos convertibles en acciones.
I.V. A
Qué es el Iva es una de las consultas que más recibimos, sin duda de quienes apenas se inician en el mundo de la contabilidad o de los impuestos.
La expresión “IVA” es la sigla del “Impuesto al valor agregado o añadido” más conocido en Colombia como “Impuesto sobre las ventas”.
C.D.T
El CDT (Certificado de Deposito a Término) es un titulo valor que emite un banco a un cliente que ha hecho un depósito de dinero con el propósito de constituir el CDT.
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